CNDH emite recomendación general por omisión sistemática en la integración de expediente clínicos

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Ante la omisión sistemática en el cumplimiento de normas oficiales sobre la integración de expedientes clínicos, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación dirigida a titulares de diversas instituciones, entre ellas las secretarías de Salud, Defensa Nacional y Marina.

Incluye también a gobernadores de las entidades federativas y de la Ciudad de México, y a los directores generales de los Institutos Mexicano del Seguro Social (IMSS), de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y Petróleos Mexicanos (Pemex).

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En un comunicado difundido ayer, la CNDH destaca que “la inobservancia y la omisión sistemática en el cumplimiento de las normas oficiales mexicanas sobre la integración del expediente clínico, por parte del personal de salud de diversas instituciones públicas, muestra un incremento tendencial y repercute de manera profunda en la información disponible que el usuario del servicio de salud o sus personas autorizadas tienen para tomar una determinación adecuada sobre su atención médica”.

Y precisa que al estar considerada esa irregularidad en 96 recomendaciones dirigidas a diversas instituciones de salud pública, entre los años 2010 y 2016, emite la Recomendación General 29 sobre el expediente clínico como parte del derecho a la información en servicios de salud.

De acuerdo con la CNDH, el derecho a la información en materia de salud comprende tres aspectos fundamentales: el acceso para recibir todo tipo de información relacionada con la atención de la salud, la protección de datos personales, y que la información cumpla con los principios de accesibilidad, confiabilidad, verificabilidad, veracidad y oportunidad sobre el estado de salud del paciente.

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“El derecho de acceso a la información en materia de salud, relativo al expediente clínico de las personas, consiste en aquella libertad atribuible a los usuarios de servicios médicos para solicitar, recibir y conocer todas las constancias y elementos que integran dicho expediente clínico”, subraya.

Y resalta la obligación positiva del Estado para eliminar todas las prácticas que impidan al paciente el acceso al contenido de su expediente clínico, así como la implementación de acciones tendentes a garantizar la libertad para recibir y conocer su información médica.

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Con ello, agrega, se está en posibilidad de ejercer adecuadamente otros derechos, como la protección de la salud y a decidir y consentir de manera informada su tratamiento médico.