Descarta INE que Anaya y Zavala incurran en actos anticipados de campaña

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró improcedentes las medidas cautelares solicitadas por dos ciudadanos en contra del dirigente nacional del PAN, Ricardo Anaya, y de la aspirante presidencial Margarita Zavala, por la supuesta realización de actos anticipados de precampaña y campaña, a través de un video en la página electrónica de ese instituto político.

En sesión extraordinaria urgente, la comisión consideró que del análisis preliminar efectuado al contenido del spot denunciado no se configuran actos anticipados de campaña, “ya que no se aprecian elementos orientados a solicitar el voto del electorado o algún apoyo para la obtención de una eventual candidatura a favor de Margarita Zavala”.

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Para los quejosos, en dicho promocional se hace mención a Andrés Manuel López Obrador, dirigente nacional de Morena, así como a la frase “Un peligro para nuestro país”, con la intención de posicionar a la panista Margarita Zavala ante el proceso presidencial de 2018.

“Además, se precisó que el promocional motivo de la queja fue el mismo que se transmitió en televisión durante 2016 y, derivado de una solicitud de medidas cautelares para suspender la difusión del mismo, el 30 de octubre de ese año la Comisión de Quejas y Denuncias determinó su improcedencia, al establecerse que éste se enmarca en un contexto informativo, así como de una posición ideológica panista”, justificó.

Durante la sesión, la comisión aprobó la devolución de un proyecto referente a la medida cautelar solicitada por un ciudadano en contra de Williams Oswaldo Ochoa Gallegos, diputado local del distrito II del estado de Chiapas, por presunta promoción personalizada, así como la realización de actos anticipados de precampaña y campaña, a través de la supuesta sobre exposición de su imagen en espectaculares, un autobús de transporte público y el portal de internet de la Revista C&E, con miras al proceso electoral federal 2017-2018.

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“La devolución del proyecto tiene el propósito de que la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE realice un análisis más exhaustivo del caso, con la finalidad de que los integrantes de la Comisión de Quejas y Denuncias cuenten con mayores elementos de juicio para determinar la procedencia o no de la medida cautelar”, argumentó.