Ligia, mexicana y española, o el robo de bebés en el terror del franquismo

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Hasta hace unos años, Ligia Ceballos Franco vivió con la idea de que sus padres fueron mexicanos y que ella nació en este país; sin embargo, descubrió que en 1968, cuando apenas era un bebé, fue arrancada de los brazos de su familia biológica en España, en medio del terror del franquismo.

Diversos documentos obtenidos por la organización Amnistía Internacional muestran indicios de que Ligia, registrada el 29 de mayo de 1968 como María Diana Ortiz Ramírez, pudo ser sustraída de sus padres españoles con el consentimiento de las autoridades de ese país europeo con la intermediación de la Diputación de Madrid y la asistencia del Arzobispado.

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Su caso podría ser uno de los tantos de bebés robados desde los primeros años del franquismo hasta los primeros años de la democracia en España.

Amnistía Internacional presentó en México el caso de Ligia como presunto hecho constitutivo de desaparición forzada. En un comunicado, explicó que las investigaciones realizadas en España por estos casos no han fructificado, ni tampoco han contemplado su posible encuadre como crímenes de derecho internacional. Por ello, dijo, las víctimas se ven obligadas a buscar justicia en otros países.

“Mis padres fueron buenas personas, me criaron, me quisieron y me dieron todo lo que pudieron. Esto no es en contra de ellos sino a favor de la justicia de otras historias como la mía, esto es por las personas a quienes el franquismo les arrebató su vida”, contó Ligia Ceballos.

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Tania Reneaum, directora de Amnistía Internacional México, explicó que existen al menos tres motivos para presentar dicha denuncia en México.

El primero es la búsqueda del Derecho a la Verdad y el Derecho a la Identidad pues si se logran judicializar estos derechos podrían constituir precedente para otros casos. La segunda motivación es que España no arroja resultados concretos pues muchos de esos delitos “siguen en el olvido”; por lo que el caso “encuentra anclaje en el derecho penal mexicano”.

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El tercer motivo es que Ligia es una ciudadana mexicana y “tenemos la responsabilidad de mostrar públicamente que se hace justicia en su país”, dijo Reneaum.

Amnistía Internacional informó que pidió a la Procuraduría General de la República (PGR) iniciar, sin dilación, una investigación exhaustiva sobre este caso para aclarar si se trata de desaparición forzada, además de ayudar a la víctima a buscar a su familia, restablecer su identidad biológica y el vínculo familiar.

También solicitó al Estado español colaborar con las solicitudes de cooperación que emitan los tribunales mexicanos cuando decidan investigar sobre el caso.

Esteban Beltrán, director de Amnistía Internacional España, comentó que “este caso reviste las notas características de una desaparición forzada como crimen de derecho internacional. Además, en el caso de Lily concurren otros elementos que Naciones Unidas ha identificado como recurrentes de las desapariciones forzadas de menores, como son, por ejemplo, el registro de la niña con información falsa o la falsificación de documentos como su partida de nacimiento”.

 

Bebés robados

Según Amnistía Internacional, la denominación de bebés robados comenzó a utilizarse en el contexto español para referirse a los menores que fueron secuestrados o víctimas de tráfico de menores y adopciones ilegales durante la Guerra Civil y la postguerra.

Las investigaciones arrojan que entre 1937 y 1950 presuntamente se dieron más de 30 mil casos “en un sistema de desaparición de menores hijos de madres republicanas bajo la cobertura de una aparente legalidad”.

El propósito era separar a los menores de sus familias consideraban “no idóneas”. Bajo ese argumento, se generó el fenómeno de desaparición legalizada de menores de edad, con pérdida de su identidad, cuyo número indeterminado dura hasta la fecha.

En 2014, el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas de Naciones Unidas –tras hacer eco de miles de denuncias en España sobre este tipo de casos–, aseguró que las investigaciones judiciales debían contemplar, ante la existencia de suficientes indicios, las posibles conexiones entre múltiples casos de alegadas sustracciones ilegales de menores.

Un año antes, en su Observación General, aseguró que el robo de menores con el conocimiento del Estado puede ser considerado, en determinadas circunstancias, como desapariciones forzadas.