Pueblos indígenas, indefensos ante biopiratería

CANCÚN, Q. Roo (apro).- El pueblo tawaka conoce bien el significado de la biopiratería. Sin su consentimiento, la fabricante canadiense de productos cosméticos Ojon Corporation usó ese nombre en una marca de shampoo, sin el consentimiento de ese grupo ancestral hondureño.

Por eso, desde al menos 2008 el pueblo aborigen empezó a presionar a la empresa, ahora propiedad de la transnacional estadunidense Estée Lauder, para que retirase el producto o llegase a un arreglo con el pueblo para la entrega de regalías, y lo logró. Pero para desventura de los tawaka, la compañía anunció que no renovará ese contrato en 2017, luego de descontinuar el shampoo en 2012.

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Estos avatares traslucen la batalla diaria de los pueblos indígenas de preservar sus recursos naturales y su patrimonio biocultural, en condiciones de indefensión ante la industria química, farmacéutica o cosmética, como en este caso.

El guatemalteco Álvaro Pop, presidente del Foro Permanente de Naciones Unidas sobre Cuestiones Indígenas, dice a Apro que el expolio de recursos genéticos de los pueblos aborígenes es “una constante, una realidad”.

“No podemos confiar en los Estados, las grandes corporaciones los están secuestrando y eso es terrible para los Estados, para la democracia. Además, la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual ha sido muy lenta” para reconocer el conocimiento tradicional, precisa el dirigente.

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El reparto adecuado de beneficios por el uso de riqueza natural de los pueblos ancestrales (ABS, por sus siglas inglesas) es uno de los temas de debate en la Segunda Conferencia de las Partes del Protocolo de Nagoya sobre Acceso a los Recursos Genéticos y Participación Justa y Equitativa en los Beneficios que se Deriven de su Utilización, firmado en esa ciudad japonesa en 2010 y vigente desde 2014, dentro de la Cumbre de la Biodiversidad que se desarrolla en Cancún desde el 2 y hasta este 17 de diciembre.

Ese instrumento, complementario al Convenio sobre Diversidad Biológica (CBD), se centra en la protección de la biodiversidad y la distribución de beneficios por el aprovechamiento de los materiales genéticos de todos los seres vivos.

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Entre otros aspectos, el Protocolo estipula que cada Estado adoptará medidas para asegurar el acceso a los conocimientos tradicionales asociados a recursos genéticos que están en posesión de comunidades indígenas y locales, mediante “el consentimiento fundamentado previo o la aprobación y participación” de esos grupos, y con el establecimiento de condiciones mutuamente acordadas (contratos).

Por América Latina y el Caribe, solo Cuba, Guatemala, Guyana, Honduras, México, Panamá, Perú, República Dominicana y Uruguay lo han ratificado.

Francois Meienberg, de la organización no gubernamental Ojo Público (OP) de Suiza, recuerda que los Estados debían cumplir con el CBD, que abarca el acceso a recursos genéticos. Pero “no ocurrió nada. El Protocolo de Nagoya tiene la intención de garantizar ABS, pero en estos años se ha aplicado de una forma muy distinta”, señala el experto presente en Cancún.

En un caso emblemático, OP y otras cinco organizaciones divulgaron en noviembre de 2015 el reporte titulado “El dulce sabor amargo de stevia”, en el que exhibieron que la comercialización de edulcorantes derivados de la stevia viola los derechos de los aborígenes paraguayos, se basa en publicidad engañosa, y que la producción controversial mediante biología sintética avanza en un jugoso negocio que excluye a los indígenas guaranies pai tavytera y kaiowa.

Hacia 2012, 80% del cultivo global se encontraba en China, 5% en Paraguay, 3% en Argentina, 3% en Brasil y un porcentaje similar en Colombia, según datos de la empresa Stevia One.

Las empresas chinas son las principales productoras de glucósidos de esteviol, con una participación de 95% en el mercado mundial. Las corporaciones transnacionales controlan este mercado mediante patentes y actualmente comercializan con todo éxito los glucósidos de esteviol como el edulcorante natural del futuro, pero el consumo de hojas de stevia como alimento dulce está prohibido en la mayor parte de los países industrializados.

La stevia (Stevia rebaudiana) solamente fue comercializada en los años 70 en Japón. La primera solicitud de patentes rastreable se formuló en 1973 en Estados Unido, ligada a un método para la producción de esteviosidas.

Entre las empresas que pugnan por el mercado de la hoja están la biotecnológica estadunidense SynBio, Stevia First y la química holandesa DSM.

La Unión Internacional para la Protección de las Nuevas Variedades de Plantas da cuenta que existen aproximadamente 40 solicitudes a nivel mundial de Derechos de los Cultivadores de Plantas (31) o Patentes de Plantas (9) relacionadas con stevia, entre ellas para 10 variedades de stevia en Paraguay: una del Instituto Paraguayo de Tecnología Agrícola, otra de la empresa 3com Products, una más de la cooperativa agrícola Tabacalera Misiones y siete de PureCircle Company.

PureCircle, la segunda suministradora de glucósidos de esteviol para Coca Cola después de Cargill, es una compañía constituida en Bermudas con sede en Malasia y cotizada en la Bolsa de Valores de Londres. La empresa trabaja con agricultores de China, Kenia y Paraguay, prácticamente obligándolos a emplear variedades de plantas patentadas por la compañía.

En América del Sur se han publicado solamente tres patentes en Argentina (Suntory Holdings Ltd), Brasil (PepsiCo) y Chile (Coca Cola junto con PureCircle), pero ninguna en Paraguay.

 

Desamparo

Aunado a que los pueblos indígenas no pueden controlar el ingreso de visitantes a sus territorios ni la salida de recursos genéticos, cuentan con pocas herramientas legales para recuperar las patentes sobre esos materiales u obligar a las compañías a compartir ingresos. En casos como la stevia, dependen de la voluntad de las empresas para compartir beneficios.

“Hemos sufrido una larga historia de saqueo de nuestros productos, de nuestras ideas. Seguimos aportando al conocimiento tradicional, innovamos con nuestro conocimiento”, asegura a Apro la indígena aymará boliviana María Eugenia Choque.

Choque menciona otro caso de apropiación, la quinoa, un cereal rico en proteína que se ha puesto de moda por sus virtudes alimenticias y surca el mundo en una variedad de preparados de precios altos, sin que sus cultivadores históricos reciban un céntimo por ese aprovechamiento.

La lista puede ser interminable. En Madagascar, las comunidades locales solo han atestiguado cómo la fabricante francesa de productos de lujo Clarins ha patentado la utilización del harungana, un pequeño árbol oriundo de África tropical y conocido por sus propiedades medicinales, como tratamiento para piel dañada.

“No hay evidencia de un acuerdo de reparto de beneficios entre Clarins y los pueblos y países de donde provienen el harungana y el conocimiento medicinal sobre él”, concluye el documento informativo “El trato injusto de Clarins para África”, de octubre último y elaborado por Edward Hammon, director de la consultora estadunidense Prickly Research.

La compañía, propiedad de los millonarios franceses Christian y Olivier Courtin, compra anualmente unos 500 kilos de hojas de harungana, a razón de dos dólares por kilo, pero 29.5 mililitros de su crema epidérmica puede costar 136 dólares en Estados Unidos o 210 en Japón.

La patente FR2993178, atribuida a Olivier Courtin para cuatro usos diferentes, fue aprobada en Francia en septiembre de 2015 y está en proceso en el resto de Europa, China, Japón y Sudáfrica.

Para Hammond, la patente –que solo reclama extractos del árbol, mas no ingredientes activos– es “depredadora del conocimiento tradicional”.

Ecuador encarna otra historia de apropiación indebida de grandes proporciones.

En el “Primer informe sobre biopiratería en el Ecuador”, lanzado en junio último por la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, se reveló que Alemania, Australia, Bélgica, Corea del Sur, Estados Unidos, Francia, Gran Bretaña, Holanda e Israel han aprovechado indebidamente el tesoro genético.

De 128 patentes identificadas, corporaciones estadunidenses poseen 35, alemanas 33, holandesas 17, australianas 15 y el resto se distribuye entre varias naciones.

 

Pocas expectativas

El repositario de registros de ABS creado por el Protocolo de Nagoya solo tiene 49 entradas.

Para Meienberg, las vías actuales consisten en que los pueblos indígenas logren que las corporaciones acepten compartir o bien crear un protocolo voluntario con las empresas sobre cómo arribar a arreglos.

“Ni siquiera los guaraníes están preparados para negociar, hay asimetría en la relación. Las compañías deberían apegarse a las leyes de las naciones proveedoras de recursos”, lo cual no ocurre, plantea.

En noviembre último, Ojo Público y sus aliados difundieron un informe de seguimiento en el que dieron a conocer que los pueblos pai tavytera y kaiowa se han reunido dos veces en mayo y agosto últimos desde la aparición del reporte inicial, para organizarse con el fin de interponer un reclamo por sus derechos sobre su conocimiento tradicional y el consiguiente reparto de beneficios.

En la declaración generada en la junta de agosto, los indígenas denunciaron “la usurpación del conocimiento y la biodiversidad por empresas multinacionales, que usan, venden y se enriquecen con la stevia sin consultar con los pai tavytera y los kaiowa, a quienes realmente pertenece”. Por ello, demandaron “la restitución de sus derechos por el uso de nuestro conocimiento relacionado con la stevia a través del reparto de beneficios”, y decidieron “formar una asamblea permanente para monitorear el reclamo por una distribución justa y equitativa de beneficios provenientes de la utilización” de la hoja y sus derivados.

Al respecto, la suiza Evolva expresó a los autores del informe su voluntad de negociar un acuerdo con los guaraníes, y la también suiza Nestlé respalda el reparto de beneficios, pero no ha expresado ningún compromiso. Coca-Cola ni siquiera ha reconocido el problema de origen.

En noviembre lanzaron una campaña para que la refresquera negocie con los aborígenes.

La apropiación ilegal violaría la ley brasileña de acceso a recursos genéticos y los Lineamientos para una Cadena de Suministro Agrícola Responsable de las organizaciones para la Cooperación y el Desarrollo Económico y para la Alimentación y la Agricultura, aunque a la fecha aún no hay medidas legales para recuperar la propiedad intelectual de la hoja y reclamar la distribución de beneficios.

En Cancún se descarta un avance significativo en cuestiones de ABS. Para Pop, es necesario trabajar en varias vías, incluida la propiedad intelectual. “No sé si ABS va a resolver los problemas, Nagoya nos da una oportunidad”, comenta el experto.

Choque coincide con Pop en que el Protocolo de Nagoya no es “un marco perfecto”, pero “puede servir para hacer valer un reparto justo”.

El Congreso brasileño aprobó este año una ley de acceso a recursos genéticos, pero las empresas tienen un año para adaptarse a ese marco.

En Ecuador, el gobierno publicó el 9 de diciembre el Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación, en un intento por aliviar la biopiratería.

El problemas, según organizaciones como OP, radica en que la regulación europea estipula que las obligaciones de reparto de beneficios se originan en el acceso físico a recursos genéticos o al conocimiento tradicional en el país de origen, y limita la responsabilidad de su usuario a la utilización de materiales que han sido tomados en las naciones proveedoras después de la ratificación del Protocolo de Nagoya tanto por la Unión Europea como por el país en cuestión.

Esto contrasta con el espíritu de la mayoría de las leyes de las naciones aportadoras de recursos genéticos, que establece que la distribución parte de su empleo, que debe abarcar cualquier nuevo uso luego de la ratificación del protocolo mencionado o la vigencia de leyes de ABS de los países proveedores, incluso si el acceso físico sucedió antes, como ha ocurrido en la mayoría de casos.