Advierten sobre riesgo de importar gasolina de Estados Unidos

La entrada y salida de mercancías de territorio nacional se encuentra regulada por una diversidad de disposiciones normativas, de las cuales se destacan la Ley Aduanera y el Código Fiscal de la Federación, por lo que la gente que introduzca gasolina a Tijuana procedente de California, podría incurrir en un delito fiscal.

Lo anterior informó el director de la firma especializada en Comercio Exterior TLC Asociados, Octavio de la Torre de Stéffano, quien dijo que luego del desabasto de combustible que ya se está dando en le región, muchas personas podrían optar por comprar la gasolina en Estados Unidos.

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Mencionó que las disposiciones legales de un país procuran la convivencia pacífica y armoniosa de la sociedad, por lo que los abusos, arbitrariedades, atropellos o injusticias de las autoridades no deben llevar al gobernado a la realización de hechos delictuosos que trasciendan en sus bienes, libertad o integridad física.

“El anterior comentario deriva ante el sinnúmero de manifestaciones que se están realizando en nuestro país, que en el caso de las zonas fronterizas se podrá dar la introducción de gasolina a México sin cumplir con las formalidades exigidas por las leyes de la materia”, expresó.

Por ello, resaltó la necesidad de que el público en general tenga conocimiento que existen reglamentos donde se establecen las infracciones y delitos fiscales en que pueden incurrir las personas que ingresen mercancía al país sin cumplir con los requisitos exigidos para una importación.

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Para la importación de gasolina hay que reunir varios requisitos, siendo los más relevantes la inscripción en el padrón de importadores de sectores específicos, la obtención de permisos previos de la Secretaría de Energía y el cumplimiento de Normas Oficiales Mexicanas, además del pago de impuesto al valor agregado y el impuesto especial sobre producción y servicios.

En ese contexto, de la Torre de Stéffano afirmó que quienes introduzcan gasolina sin el permiso de la Secretaría de Energía, se hacen acreedores a una multa del 70% del valor comercial de la mercancía, y es procedente el inicio de un procedimiento administrativo en materia aduanera.

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Lo anterior también implica el embargo precautorio (decomiso) de la mercancía que se pretenda ingresar y la retención en garantía del interés fiscal el vehículo en que se transporten los galones, recipientes o tambos con gasolina.

Especificó que el ciudadano cuenta con un plazo de 10 días para presentar pruebas y alegatos y la autoridad con un plazo de cuatro meses para resolver el procedimiento, siendo importante comentar, que en tanto no se sustituya la garantía o cubra el crédito fiscal que comprende los impuestos omitidos y las multas que en su momento la autoridad aduanera determine o se resuelva favorablemente el procedimiento, no es posible liberar el vehículo.

Una situación más gravosa puede ocurrir si con la introducción ilegal de gasolina se incurre en una omisión de impuestos que exceda la cantidad 155 mil 610 pesos, pues la autoridad puede presentar querella ante la Procuraduría General de la República (PGR) por el delito de contrabando.

Finalmente, señaló el director de TLC Asociados indicó que si bien es cierto los pasajeros internacionales gozan de una franquicia relativa a su equipaje, conformada por cierta cantidad de bienes de uso personal, igual de cierto es que al amparo de esa franquicia no puede introducirse bebidas alcohólicas y tabacos labrados, ni combustible automotriz, salvo que se contenga en el tanque de combustible del vehículo.