Analiza experto aplicación y alcance de reformas publicitarias ante los juzgados

Tijuana- Dentro del marco de la aplicación del Nuevo Sistema de Justicia Penal (NSJP) se publicaron diversas reformas el 16 y 17 de junio pasados, en donde se modificaron algunos preceptos de las legislaciones secundarias respectivas para que de forma sistemática se apliquen algunos principios garantistas propios del sistema acusatorio adversarial en los procesos que aún se tramitan bajo el esquema tradicional.

Álvaro González, especialista en derecho penal, señaló que la modificación más relevante atañe a un supuesto que quienes se dedican al litigio del ramo penal habían pronosticado con antelación.

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“Primeramente es necesario entender que el Nuevo Sistema de Justicia Penal en algunos aspectos resulta mayormente garantista para quienes se les sigue un proceso ante la justicia, lo cual se explica de forma enunciativa más no limitativa; si revisamos el catálogo de delitos graves del código que rige el nuevo procedimiento (Código Nacional de Procedimientos Penales), que resulta ser mucho más compacto al que la normatividad anterior establecía, y que por consecuencia la mayoría de las conductas por las que consignaba el ministerio público ameritaban que el inculpado o procesado estuviera interno en el centro penitenciario correspondiente mientras su proceso se encontraba en trámite hasta que se le dictara sentencia.

Muy pocos podían gozar del beneficio de libertad provisional bajo caución, el cual se podía conceder únicamente para los delitos no graves; pero en el sistema actual, resultan ser muy pocos los ilícitos que ameritan prisión preventiva de oficio como medida cautelar, de la cual puede hacer uso el juez de control, en tanto sea solicitada por la fiscalía acusadora”, expresó.

Agregó que al encontrarnos ante dos normatividades que al final rigen procedimientos penales de la misma naturaleza derivados de probables conductas ilícitas, es obvio que hasta en tanto se concluyan los procedimientos que fueron iniciados conforme la normatividad vigente antes de la aplicación del nuevo sistema de justicia penal, comenzarán a surgir diversos supuestos procedimentales que efectivamente dada la naturaleza garantista del sistema actual otorguen un mayor beneficio a los imputados.

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El abogado, explicó que en comparación a quienes siguen siendo procesados bajo el sistema tradicional, las personas sea por cuenta propia o por conducto de sus abogados defensores comenzarán a solicitar que se les aplique lo que más les beneficia en atención al principio de derecho in dubio pro reo y principio pro persona.

“Lo que se pretende es empatar ambos sistemas al menos en los principales puntos que entran en conflicto, decantándose la autoridad con la reforma. Obviamente por los principios e instituciones que rigen el sistema que ofrece mayores beneficios al imputado; en efecto, del citado artículo transitorio se desprende que los procesados bajo cualquier sistema de justicia penal y en el cualquier momento podrán solicitar al juez la revisión para que resuelva sobre la imposición, revisión, sustitución, modificación o cese de la prisión preventiva que sufren con motivo del proceso o procesos que se siguen en su contra, es decir, podrán liberarse del encierro que fue ordenado por el juez bajo el sistema de justicia tradicional”, manifestó.

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Álvaro González, concluyó que es importante resaltar que la publicación de las citadas reformas no implica la libertad inmediata de las personas que se encuentran detenidas por hechos que derivaron en investigaciones seguidas con anterioridad a la entrada en vigor del nuevo sistema y que aún no han sido sentenciadas o enjuiciadas.

“La adición al decreto de reforma del artículo quinto transitorio aludido, establece algunos candados legales, que en su momento correspondiente serán los juzgadores (Jueces, Magistrados y Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación) quienes tendrán la tarea de decidir y resolver sobre su aplicación, sea desde la perspectiva jurisdiccional legal o constitucional, claro, previa petición que al respecto solicitemos quienes nos dedicamos a la noble tarea del litigio penal”, declaró.