MEXICALI, Baja California.- La Cámara de Diputados aprobó la reforma a la Constitución Política del Estado, para impedir que sean electas para gobernador o gobernadora; para alguna diputación; o para ser integrantes de un ayuntamiento; quienes hayan resultado declarados como violentadores de otras personas, mediante sentencia firme, así como quienes sean deudores alimentarios morosos.
Se contempla que no podrán ocupar un empleo, cargo o comisión en el servicio público. Para lo cual se modifican los artículos 18, 42, 80 y 87 de la máxima Ley de Baja California.
En dicho producto legislativo se reconoce como persona violentadora a toda aquella que cuente con sentencia firme por la comisión de delitos contra la vida y la integridad corporal.
Así como contra la libertad y seguridad sexual, el normal desarrollo psicosexual; violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; violencia política contra las mujeres en razón de género.
Se establece que esta medida es aplicable para aquellas personas integrantes de los consejos municipales, y las y los munícipes que aspiran a la elección consecutiva.
EL 29 de mayo de 2023 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reformaron los artículos 38 y 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano, en materia de suspensión de derechos para aspirar u ocupar un cargo de elección popular.
Así como un empleo, cargo o comisión en el servicio público; denominándose: “La reforma constitucional 3 de 3 contra la violencia”.
Derivado de lo anterior, se estableció el plazo de 180 días para que las Legislaturas de los estados ajusten su marco normativo a fin de dar cumplimiento a más tardar el 26 de noviembre del presente año, para armonizar la suspensión de los derechos político-electorales, cuya aplicación surte efectos en el próximo proceso electoral.