Aprueban reforma al artículo 3o. de Ley de Transparencia

El Congreso del Estado de Baja California, aprobó una reforma al Artículo Tercero Transitorio de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California, que homologa el periodo para publicar o actualizar la información pública de oficio para los sujetos obligados, armonizada a la nueva Ley Estatal en mención.

El Comisionado Presidente del Instituto de Transparencia, Acceso a la información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Baja California (ITAIPBC), Francisco E. Postlethwaite Duhagón, explicó que esta acción compromete a los sujetos obligados a publicar en su página de internet la información a la que aluden los capítulos II y III del Título Cuarto de dicha Ley.

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Precisó que el Artículo Tercero Transitorio se refiere a los sujetos obligados, quienes deberán expedir o modificar sus reglamentos internos a más tardar dentro de los noventa días naturales contados a partir de la publicación de esta Ley. mientras que en el Periódico Oficial del Estado dentro del mismo término, tendrán la obligación de publicar en su página de internet la información a la que aluden los capítulos II y III del Título Quinto de esta Ley

Detalló que el plazo para cumplir con esta medida será el establecido por el Consejo Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales.

Lo anterior en los lineamientos técnicos generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Trasparencia y Acceso a la Información Pública, abundó Postlethwaite Duhagón.

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Esto a razón de lo publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 4 de mayo del 2016 por el Titular del Poder Ejecutivo en el Periódico Oficial del Estado, en donde se hace del conocimiento de los sujetos obligados y del público en general, que una vez agotado el proceso legislativo, la información de carácter público deber ser difundida en la plataforma web.

“Estas son buenas noticias en el sentido de que todos los sujetos obligados, tendríamos la doble obligación, de subir y actualizar la información pública de oficio en los portales de internet de cada dependencia, de acuerdo a lo establecido en el transitorio de la Ley Estatal, y posteriormente haríamos un trabajo similar para subir la misma información en la Plataforma Nacional de Transparencia”, subrayó el Comisionado Presidente del ITAIPBC.

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Finalmente resaltó que con la reforma local, se abona a la armonización de los plazos que se establecieron desde la aprobación de la Ley General de Trasparencia y que a su vez, brinda tiempo a los sujetos obligados para preparar la entrada en vigor de la Nueva Ley.