Cancelan 322 maquiladoras por incumplimiento

El 27 de septiembre se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la resolución donde se dieron a conocer los nombres de los titulares y números de programas de la industria manufacturera, maquiladora y de servicios de exportación cancelados mediante la cual se informan los 322 programas IMMEX cancelados, informó el abogado fiscalista y director de la Firma TLC Asociados, Octavio de la Torre de Stéffano.

El especialista recordó que el 21 de junio de 2016 la Secretaría de Economía publicó en el DOF el listado de 783 empresas suspendidas del programa IMMEX de las cuales 574 se debió a la falta del Reporte Anual de Operaciones de Comercio Exterior y 209 por incumplir con obligaciones relacionadas con RFC, mismas que pudieron, de momento, seguir operando, esto con la intención de que todas las empresas corrigieran las inconsistencias detectadas por la autoridad.

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En ese sentido, las empresas que en la resolución fueron canceladas el 27 de septiembre fueron 235 programas por falta de presentación del reporte anual correspondiente al ejercicio fiscal de 2015, conforme lo ordenado por el segundo párrafo y po la fracción II del artículo 25 del Decreto IMMEX.

Asimismo, señaló que otros 87 programas fueron cancelados por el incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en el artículo 11 fracción III del mismo ordenamiento, obligaciones relacionadas con el RFC.

Octavio de la Torre detalló que las 87 empresas están canceladas por incumplir en algunas otras obligaciones entre las cuales destacó el certificado de firma electrónica avanzada; el Registro Federal de Contribuyentes activo; que su domicilio fiscal y los domicilios en los que realizan sus operaciones al amparo del Programa IMMEX, no estén inscritos y activos en el RFC; empresas que se enumeran en el siguiente enlace: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5453861&fecha=27/09/2016

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De la misma forma, precisó que otras de las causas de la cancelación fue por incumplir con el documento que acredite que no se encuentre en los listados de empresas publicadas por el SAT, y no tener opinión positiva vigente por el SAT sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales.

“Existen firmas especializadas responsables que informan oportunamente de los cambios normativos recalcando que un espectro de cumplimiento normativo y formal es más que un click, dentro del cual se debe de identificar todos los puntos que representan un riesgo en la operación y en la permanencia de la empresa, desde cuestiones administrativas, normativas y contables, hasta implementación tecnológica adecuada a la norma y no viceversa” expresó.

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Dado lo anterior, manifestó que evitar considerar todos estos conceptos puede tener una consecuencia temporal o permanente, que en una empresa de comercio exterior es catastrófica.

“Las empresas deben de entrar a un esquema que refleje un cumplimiento de 360º, desde una perspectiva jurídica, fiscal, administrativa, tecnológica y de procesos lo que nosotros llamamos un programa de “Arquitectura Aduanera” mediante un análisis de riesgo en esta materia con reingenierías de procesos de cumplimiento, apuntalando las piezas frágiles de las empresas” concluyó el fiscalista.

Para quienes estén interesados en este y otros temas de comercio exterior puso a disposición el teléfono 5552803267, 664 6340189 y el correo [email protected]