Hasta 45 años de cárcel por alterar vacunas y pruebas contra Covid-19

MÉXICO.-   Las Comisiones Unidas de Salud y Estudios Legislativos Segunda del Senado aprobaron reformas que tipifican hasta con 45 años de cárcel a los funcionarios, empresas o personas que alteren, falsifiquen, contaminen vacunas, pruebas o medicamentos contra covid-19 o cualquier otra enfermedad.

Por unanimidad se avaló la reforma al Artículo 464 de la Ley General de Salud que señala que a quien adultere, falsifique, contamine, altere o permita la adulteración, falsificación, contaminación o alteración de medicamentos, fármacos, materias primas o aditivos, de sus envases finales para uso o consumo humanos o los fabrique sin los registros, licencias o autorizaciones que señala esta Ley, se le aplicará una pena de tres a 15 años de prisión y multa de 50 mil a 100 mil veces la Unidad de Medida y Actualización.

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Asimismo, a  quien venda, ofrezca en venta o comercie muestras médicas, le será impuesta una pena de uno a nueve años de prisión y multa equivalente de 20 mil a 50 mil veces la Unidad de Medida y Actualización vigente al momento de la comisión del delito.

Se subraya que cuando algunas de las conductas anteriores involucren medicamentos o vacunas que pretendan prevenir, detectar, tratar o curar alguno de los supuestos previstos en el artículo 181 de esta ley, se aumentará hasta en un tercio la pena establecida para tal delito.

En el caso anterior, aumentará la pena hasta en un tercio; es decir hasta 45 años de prisión, cuando además el delito sea cometido por un servidor público en ejercicio de sus funciones.

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Luis Carlos Rodríguez y Víctor Gamboa (El Universal)

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Nazul Lopez