Constituyentes quitan bonos y prestaciones a servidores públicos; prevén eliminar el fuero

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Asamblea Constituyente aprobó que el derecho al buen gobierno, que implica que ningún servidor público en la capital podrá gozar de bonos, prestaciones, compensaciones, servicios personales o cualquier otro beneficio económico o en especie que no se cuantifique en su salario y esté determinado en la ley.

En la sesión de este martes, los constituyentes también votaron como parte del artículo 66 de la Constitución de la Ciudad de México de que ningún funcionario podrá recibir un sueldo total mayor al del jefe de gobierno.

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Y aunque al cierre de esta edición continuaba la discusión en el pleno, se prevé que la aprobación para que desaparezca el fuero o inmunidad cuando los servidores públicos cometan delitos en el tiempo de su encargo.

La discusión tiene como punto de coincidencia el hecho que se quitar el fuero es fundamental para el combate a la corrupción en la ciudad.

En el mismo artículo, los constituyentes aprobaron incluir el derecho a la buena administración, a través de un gobierno “abierto, integral, honesto, transparente, profesional, eficaz, eficiente, austero incluyente y resiliente, que procure el interés público y combata la corrupción”.

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El gobierno abierto quedó definido como “un sistema que obliga a los entes públicos a informar a través de una plataforma de accesibilidad universal, de datos abiertos y con  nuevas tecnologías, que garanticen la transparencia, la rendición de cuentas y el acceso a la información”.

La redacción incluyó la obligación del gobierno de generar acciones y políticas públicas orientadas a la apertura gubernamental para contribuir a la solución de los problemas públicos a través de instrumentos ciudadanos participativos, efectivos y transversales.

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Incluso, se acordó que los servidores públicos recibirán una remuneración “adecuada e irrenunciable” por el desempeño de su función y deberá ser proporcional a sus responsabilidades.

La Asamblea también aprobó el artículo 67 sobre la fiscalización y el control interno. En este sentido, se estableció que todos los entes públicos de la Ciudad de México contarán con órganos internos de control los cuales deberán revisar y auditar el ingreso, egreso, manejo, custodia y aplicación de recursos públicos, con especial atención a los contratos de obra pública, servicios, adquisiciones y la subrogación de funciones de los entes públicos en particulares, incluyendo sus términos contractuales y estableciendo un programa de auditorías especiales en los procesos electorales.