Detallan criterios para devolución de saldos a favor por ISR

Mediante el Sistema Automático de Devoluciones, las personas físicas que presenten saldo a favor del ISR pueden solicitar su devolución.

TIJUANA, Baja California.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó por medio de un comunicado los criterios generales que deben ser tomados en cuenta acerca del Sistema Automático de Devoluciones, aplicable a las personas físicas que presenten su Declaración Anual 2021 y que cuenten con un saldo a favor del impuesto sobre la renta (ISR). Proceso que deberá ser realizado antes del día 31 de julio de 2022.

La administradora de Servicios al contribuyente del SAT, Lizbeth López Guillén, mencionó que para que la devolución sea efectiva mediante el Sistema Automático de Devoluciones, el importe a devolver deberá ser menor o igual a 150 mil pesos, si el saldo a favor es mayor a esta cifra, la devolución deberá de ser solicitada con el Formato Electrónico de Devoluciones (FED).

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También será necesario por parte del contribuyente confirmar el número de cuenta bancaria CLABE, la cual deberá estar a nombre del beneficiario, y se recordó que la cuenta seleccionada o capturada será la autorizada para efectuar el depósito de la respectiva devolución. Además, la declaración deberá ser enviada de forma electrónica, con el uso de contraseña, o bien, con firma electrónica (e.firma).

Igualmente señaló algunas precauciones a considerar; en caso de no ser seleccionada la opción “devolución” en la declaración fiscal, esta no podrá ser efectuada, pero en caso de error en la selección, esta podrá ser modificada al presentar la declaración complementaria del ejercicio, señalando el cambio antes del 31 de julio. Tampoco será posible solicitar la devolución por este medio si se presentó previamente solicitud de devolución vía FED.

La devolución tampoco podrá ser llevada a cabo si durante el ejercicio al que corresponde el saldo a favor, la persona contribuyente se encuentra suspendida en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) o como no localizable en su domicilio fiscal registrado.

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Se informó que los depósitos de las primeras solicitudes de devolución autorizadas se han visto reflejados durante la segunda semana del mes presente.

Con información del Sistema de Administración Tributaria