CIUDAD DE MÉXICO, México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la infidelidad en el matrimonio es un aspecto privado de la pareja y no es motivo para pedir una reparación por daño moral, pues se protege el libre desarrollo de la personalidad y la libertad sexual.
La Corte dictaminó que la libertad sexual es una expresión del derecho al libre desarrollo de la personalidad que consiste en la capacidad de decidir autónomamente.
“La infidelidad en el matrimonio es un aspecto privado de la vida en pareja y no es motivo para pedir una reparación por daño moral. Se protege el libre desarrollo de la personalidad y la libertad sexual”, señaló la SCJN.
Agregó que la fidelidad sexual es un deber jurídico de carácter personal y de contenido principalmente moral, por lo que su observancia no puede ser exigida coactivamente.
Esto luego de que un hombre demandó a su esposa por reparación del daño moral sufrido por la afectación de sus sentimientos, afectos, decoro, vida privada y derechos humanos de honor y reputación, por una infidelidad que sufrió durante su matrimonio.
Con información de Radio Fórmula