De nueva cuenta, miente Lemus

De nueva cuenta el director de la CESPT Miguel Lemus surge retador, no como si fuera el titular de un mil organismo que maneja un presupuesto de 2 mil 797 millones 650,381.58 pesos, sino como un bravucón de barrio.

Para un funcionario de primer nivel con ese presupuesto en la bolsa, es impensable que los usuarios, que abogados como los del despacho Borrón y Cuenta Nueva, un David que se enfrenta a un Goliat, lo reten, lo arrodillen, lo humillen, lo exhiban.

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De hecho, Miguel Lemus Zendejas, fue denunciado penalmente junto con otros directivos del organismo del agua, por los delitos de abuso de autoridad y desobediencia a particulares, en desacato a las resoluciones del Tribunal de lo Contencioso Administrativo.

Usuarios del organismo del agua y abogados de despachos que promueven la anulación de los adeudos con base en las irregularidades de la CESPT, informaron que se presentaron denuncias penales ante la Procuraduría General de Justicia del Estado de Baja California, por los delitos de “abuso de autoridad” comprendido en el artículo 293 fracción III, del código penal de nuestro estado, así como el delito de “desobediencia de particulares” comprendido en el artículo 311 del mismo código penal. Denuncias entabladas en contra del “Director de la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tijuana y quien resulte responsable.

Desde octubre de 2015 a la fecha se han interpuesto más de 1500 demandas de nulidad ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de Baja California, por parte de usuarios inconformes con cargos no reconocidos y arbitrarios de la autoridad.

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Así, miente nuevamente el director de la Comisión de Servicios Públicos de Tijuana, el denunciado penalmente Miguel Lemus, quien busca asustar a la población amenazando con embargos a sus propiedades en caso de adeudos.

Daniel Rodríguez, del Despacho Borrón y Cuenta Nueva precisa que “la CESPT no está facultada para hacer el embargo de propiedades, es Gobierno del Estado la autoridad competente para dicha actividad, desconozco porque la CESPT esté asumiendo o hacer declaraciones de hacer los embargos de bienes inmuebles en relación con las cuentas que tengan algún tipo de atraso con ellos”.

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Para proceder al embargo de una propiedad, se requieren de una serie de pasos y de procedimientos que corresponden a otras instancias y no al organismo del agua, indica Daniel Rodríguez, del despacho Borrón y Cuenta Nueva.

“Primero tienen que notificar el crédito fiscal con un documento debidamente fundado y motivado con la firma de autoridad competente en el cual se haga del conocimiento la existencia de un crédito fiscal, sin embargo la CESPT está tomando funciones que no les corresponden” indica.

El denunciado penalmente Lemus Zendejas también amenazó con recrudecer la instalación de reductores en los medidores de agua de aquellos usuarios morosos, medida que como casi todas las de la Comisión Estatal de Servicios Públicos, es ilegal.

“Que iban a empezar a hacer una campaña la instalación de mil reductores por semana consideramos que está mal porque el reductor no debe ser utilizado como una herramienta de cobranza, el reductor debe ser instalado en el supuesto que al usuario no haya otra forma de hacer que pague, tiene que haber un procedimiento previo no de que ah me debes 3 meses o me debes 20 pesos te pongo un reductor, está mal” explica el entrevistado.

Hasta para colocar un reductor se requiere de una serie de pasos previos legalmente, pero el organismo del agua no se distingue precisamente por apegarse a la legalidad.

“Tiene la CESPT tiene que agotar todas las instancias hablar con el usuario comentarles el adeudo que existe y en el supuesto escenario el reductor es la última instancia para hacer el cobro no debe ser una primera instancia de cobro, no debe ser una cuestión para presionar al usuario para que vaya y pague” concluye.