Nuevo León aprueba que médicos nieguen servicio por “objeción de conciencia”

MONTERREY, Nuevo León.- El Congreso de Nuevo León aprobó por mayoría de votos una reforma al artículo 48, fracción IV, de la Ley Estatal de Salud para que los prestadores de servicios de salud puedan negarse a realizar algún procedimiento a cualquier persona alegando “objeción de conciencia”.

Esto quiere decir que si el trabajador de salud considera que un procedimiento médico va en contra de sus principios éticos y morales, el prestador tendrá derecho a negarle la atención a la ciudadanía.

- Publicidad-

La reforma ha generado una gran controversia entre la población, ya que la objeción de conciencia podría atentar contra las poblaciones más vulnerables de la sociedad, como la comunidad LGBT+, la comunidad indígena, las mujeres que requieran la interrupción del embarazo y la población indígena.

A pesar de que la objeción de conciencia no puede ser aplicada para casos de emergencias médicas, instituciones y asociaciones independientes defensoras de los derechos humanos consideran que la reforma constituye una forma de discriminación.

La propuesta de reforma fue hecha por la Comisión de Salud y Atención a Grupos Vulnerables del Congreso estatal, presentada por la legisladora Guadalupe Rodríguez, del Partido del Trabajo. Además, fue fuertemente apoyada por Carlos Leal, quien fue despedido recientemente de MORENA debido a que en redes sociales difundió discursos de odio en contra de la comunidad LGBT+, diciendo que las telenovelas mexicanas pretendían “normalizar la homosexualidad desde la juventud”.

- Publicidad -

Información de La Jornada