Padres que no reconocen a sus hijos pueden ser demandados

TIJUANA, Baja California.- Con el objetivo de que los hijos aun aunque sean fuera de matrimonio  tengan y gocen de los derechos que les otorga la Ley, ya se puede establecer una demanda al padre a través de un Juicio de Reconocimiento de Paternidad, con la aplicación de la prueba de ADN, y así poder exigir los beneficios que otorga la Ley a los hijos desde su nacimiento.

“La prueba en Genética Molecular aplicada en el Juzgado al menor de edad y al presunto padre, consiste en recabar una muestra de cabello o saliva, para que pueda ser analizado y arrojar un resultado determinante, además que  en el caso de ser demandado el supuesto padre, y que este no se presente a realizarse la prueba en el Juzgado, se presumirá que éste es el padre biológico”, aseguró, el Licenciado Alexander Bazán Gómez, miembro del Colegio de Abogados de Tijuana.

- Publicidad-

Al realizar esta prueba se puede determinar la paternidad de la persona, con lo cual el menor o hijo podrá gozar de los beneficios como derecho de pensión alimenticia , así como adquirir una nueva identidad al poder llevar el apellido del padre además de por exigir y gozar de los derechos hereditarios.

“La prueba en Genética Molecular aplicada en el Juzgado al menor de edad y al presunto padre, consiste en recabar una muestra de cabello o saliva, para que pueda ser analizado y arrojar un resultado determinante, además que  en el caso de ser demandado el supuesto padre, y que este no se presente a realizarse la prueba en el Juzgado, se presumirá que éste es el padre biológico”, agrego, Bazán Gómez.

Con Información de: Victor Duarte Sigala