Será legal presumir paternidad de quienes se rehúsen a prueba de ADN

CIUDAD DE MÉXICO, México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó constitucional presumir la paternidad de las personas que se nieguen a realizarse una prueba de ADN en un juicio de este tipo.

La Primera Sala aprobó la propuesta del ministro Arturo Zaldívar en el amparo directo en revisión 2944/2017, donde se expone que en el caso se presenta la colisión de dos derechos: el derecho a la identidad y el derecho a la intimidad.

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Señala que las personas tienen derecho a conocer su origen biológico, pues esto tiene una gran trascendencia en la imagen que generan de sí mismas, al igual que importantes consecuencias jurídicas y psicológicas.

Además, la toma de una muestra genética conlleva recabar información que pertenece al ámbito privado del ser humano, en tanto puede poner en evidencia condiciones genéticas o relacionadas con aspectos patológicos hereditarios, puntualiza la propuesta.

En la sentencia de la SCJN, se concluyó que una prueba de ADN, en el contexto particular de un juicio de paternidad, no es una intromisión desmedida, arbitraria ni irracional para la privacidad de un individuo.

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Con información de Proceso