TIJUANA, B.C.- Viudas podrán obtener el beneficio de pensión al fallecer un asegurado del Instituto Mexicano del Seguro Social, siempre y cuando acrediten su derecho a obtenerla.
Dentro de las prestaciones económicas que son ofrecidas por IMSS, se hace énfasis en la protección a los familiares de un trabajador fallecido.
Este beneficio será otorgado luego de que se hayan cotizado al menos 150 semanas, y cuando se presenten los documentos oficiales de un comprobante de matrimonio o concubinato.
En caso de ser varones quienes quedan viudos, se deberá comprobar a través de un juicio, que el acreedor a la pensión dependía económicamente de la persona fallecida.
Este pago es equivalente al 90 por ciento del monto correspondiente al asegurado.
Con información de Ivonne Hernández