Requieren contribuyentes precisión en retención del IVA

TIJUANA, Baja California.- Uno de los cambios más comentados de la Reforma Fiscal vigente desde el 1 de enero de 2020, es la retención para outsourcing o subcontratación laboral, donde los contribuyentes están a la espera de que se precise el límite de las actividades sujetas a esta novedosa retención.

Octavio de la Torre de Stéffano, presidente de TLC Asociados, explicó que  en la propuesta de iniciativa de reforma a la Ley del IVA se establecía la obligación de los contribuyentes contratantes de los servicios de subcontratación laboral, en términos de la legislación laboral.

- Publicidad-

Pero en el transcurso de la discusión de la Reforma Fiscal, señaló el abogado fiscalista, los legisladores modificaron la propuesta y redacción original del ejecutivo, dejando una redacción cuyos extremos son considerados muy amplios.

En cuanto al porcentaje de retención, el mismo artículo menciona que será del 6% sobre el valor pactado por la prestación de servicios que se pague, dando a entender que en un caso, donde la factura cuente con un IVA del 16%, la retención realizada del 6% propiciará que las Personas Morales solo tengan pendiente de enterar al SAT el 10%, lo que generaría una afectación al flujo de la persona moral contratada.

Mientras que, en el caso de la Personas Físicas, que también les retendrán el porcentaje del 6%, se generarían los siguientes esquemas: En caso de que sea un servicio prestado a una persona física, la retención generará que se tenga pendiente de enterar al SAT el 10%.

- Publicidad -

Con información de: Miguel Martínez