CIUDAD DE MÉXICO.-En los últimos días, las redes sociales se han llenado de publicación de reventa de Rosca de Reyes del Costco, donde se comercializan hasta en 700 pesos, cuando su costo original es de 369 pesos la tradicional y 469 pesos la rellena.
También se ha viralizado la reventa de pasteles de esta cadena, pues las “nenis” compran los productos para venderlos por rebanadas, pero ¿es ilegal revender las roscas o comprar tantas?
Aunque Costco no tiene una política en el número de roscas que se pueden comprar, el año pasado anunció que limitaría la compra de pasteles a cinco o dos (dependiendo del tipo de pastel) por socio el mismo día, pues de acuerdo con la tienda la decisión se tomó debido a la limitada capacidad de hornear pasteles.
La reventa en México es popular, desde Rosca de Reyes, juguetes, ropa y hasta boletos de concierto. Entonces, ¿en qué casos es ilegal revender y en cuáles no?
En el caso particular de Costco, la cadena de tienda de autoservicio se caracteriza por vender a mayoreo, y muchos de los compradores son pequeños comerciantes que acuden a adquirir sus insumos.
En su página, la tienda destaca que cuenta con varios tipos de membresía: Individual y de negocio, esta última para personas físicas con actividad comercial o empresarial que requieren facturar sus compras.
Por lo tanto, los consumidores pueden acudir para abastecerse de insumos, pero también para comprar productos que posteriormente revenderán, lo cual significa que comprar varias piezas y revenderlas está permitido.
En sus redes sociales, el exministro Arturo Saldívar destacó que esta práctica no es ilegal, pues las personas están en su derecho de comprar la cantidad de roscas que deseen e invitó a los consumidores a comprar productos locales.
“Hacer esto no es ilegal las personas pueden comprar la cantidad que quieran de roscas y otros productos en Costco”, expresó.
¿Por qué revender boletos es ilegal?
La reventa de boletos es otro tema, pues el Código Penal Federal, en el articulo 243, contempla sanciones relacionadas con la falsificación de documentos, lo cual incluye boletos o accesos a espectáculos masivos, tales como conciertos o partidos de futbol.
A pesar de ello, las leyes federales no contemplan la reventa, puesto que se considera una falta administrativa, es decir es un delito menor cuya sanción es emitida por autoridades locales.
Por ejemplo, en la Ciudad de México, la Ley de Cultura Cívica, en el artículo 28 fracción XI contempla una falta el “ofrecer boletos de espectáculo públicos con precios superiores a los autorizados”.
Además, la Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos de la Ciudad de México, detalla, en el Capitulo IV que “queda prohibida la venta de boletos en la vía pública y alterar el precio en el que se ofrezcan en la taquilla. De igual manera queda prohibida la reventa”.
Las multas por la reventa de boletos pueden ser desde 2,000 a 4,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMAS), que es entre 207 mil 480 a 414 mil 960 pesos y entre 25 y 36 horas de arresto.
Con información del portal de noticias El Economista.