El transporte y la logística de los muertos

Este último viaje implica, para la familia o las personas allegadas del difunto, una serie de trámites burocráticos y costos. “Desgraciadamente, en la cultura latinoamericana, no existe la cultura de prever la realidad: tarde o temprano, vamos a necesitar un servicio funerario”: habla Manuel Ramírez, director de la División Funeraria de J. García López, una de las mayores funerarias de la Ciudad de México. En el 2015, la empresa prestó 7,000 servicios funerarios u “homenajes”, como lo suele llamar el directivo.

“Perder a un ser querido ya es de por sí un experiencia traumática. Si el difunto no tenía un plan funerario, alguien de la familia o alguien cercano tendrá que lidiar con procesos administrativos y tomar decisiones prácticas sobre, por ejemplo, el tipo de ataúd y el velorio”, explica Ramírez.

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Tomemos el caso de alguien que fallece en su cama, en casa, después de una larga enfermedad. Un médico acreditado acudirá al domicilio a emitir un certificado de defunción que incluye los datos generales del fallecido, un resumen del historial médico y el motivo concreto de la defunción.

Una vez que se haya emitido el certificado, el cuerpo podrá ser trasladado al lugar donde será embalsamado, velado y (en muchos casos) cremado. Este traslado debe hacerse en la carroza de una empresa funeraria acreditada ante la Agencia de Protección Sanitaria de la Secretaría de Salud del Gobierno del Distrito Federal. “Si lo hace cualquier otra persona o empresa, estaría incurriendo en un delito”, afirma el director de este organismo, el Dr. José Jesús Trujillo.

Cuando la Catrina sorprende

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En el caso de un fallecimiento en la vía pública, ya sea natural o consecuencia de una accidente o de hechos violentos, tendrán que acudir agentes del Ministerio Público (MP) para hacer el levantamiento de los hechos. Después, el propio MP traslada el cuerpo a la agencia o al Servicio Médico Forense (Semefo), donde el médico-legista realizará la autopsia y emitirá el certificado de defunción correspondiente.

Una vez liberado el cuerpo, el MP lo entregará a la empresa funeraria elegida por la familia para que lo lleve al lugar donde será embalsamado y/o velado antes de su traslado al panteón o al crematorio.

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Con dos ejemplares del certificado de defunción, la persona allegada al difunto o su representante (en su caso, alguien de la funeraria), tendrá que acudir al Registro Civil para solicitar la emisión del acta de defunción. Conviene solicitar varias copias certificadas porque este documento oficial se exige para cerrar cuentas bancarias, ejecutar el testamento, tramitar la pensión y, en el caso de difuntos extranjeros, emitir un “pasaporte de cadáver” y solicitar la autorización para salir del país.

Muerte a larga distancia

En ocasiones la muerte no llega en el lugar donde se desea ser sepultado. Si el último traslado implica cruzar una frontera estatal o si el trayecto supera 300 kilómetros, las leyes estatales mexicanas requieren que el cuerpo sea embalsamado. En el Estado de México, este tratamiento del cadáver se exige para traslados entre municipios.

“Embalsamar en México es opcional. Pero nosotros siempre lo recomendamos, incluso cuando el recorrido al panteón es de apenas unos pocos kilómetros. El embalsamamiento evita potenciales situaciones desagradables durante el velorio”, dice Manuel Ramírez.

En el 2015, la Agencia de Protección Sanitaria de la Ciudad de México autorizó 23,188 traslados de difuntos a otros estados de la República, al tiempo que notificaba la llegada de 4,382 cuerpos desde el resto del país. Sin esta notificación, la Agencia no expide la autorización para la inhumación o la cremación. En la Ciudad de México se deben solicitar las correspondientes autorizaciones para la inhumación, la cremación y el eventual traslado.

Si muero lejos de ti…

Según la Secretaría de Relaciones Exteriores, en el 2015 la red consular mexicana en Estados Unidos apoyó con trámites administrativos en 5,103 traslados de paisanos difuntos hacia México.

En el mismo año, al Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México llegaron 2,581 mexicanos difuntos, según cifras de la Agencia de Protección Sanitaria de la Ciudad de México. En el sentido inverso, las cifras son bastante más reducidas: en el 2015, desde el AICM, apenas salieron 81 extranjeros difuntos hacia otro país.

Maira Muñoz es directora ejecutiva de All Medical Plus, empresa con sede en Ciudad de México que funge como corresponsal de grandes compañías de seguros de viaje europeos. Cuando los asegurados tienen algún problema de salud durante su estancia en México, su equipo se encarga de mandarles un médico o direccionarles a un hospital, pagar los gastos, hacer el enlace con la aseguradora en el país de origen y organizar lo que haga falta. En el 2015, de los 2,500 de casos que atendió la empresa, 12 acabaron en un deceso.

“En mas de la mitad de los casos, se trata de turistas mayores de 60 años que ya traen alguna enfermedad que por alguna circunstancia empeora de golpe. Y luego están los típicos accidentes de vacaciones: ahogamiento en el mar, un infarto en un cenote o una caída en el borde de la alberca del hotel”, explica Muñoz.

El último viaje

Al terminar los trámites ante las autoridades locales y estatales, el consulado del país de origen del fallecido suele exigir una traducción jurada y apostillada. En muchos casos, el consulado solo emitirá un Certificado de Defunción consular cuando se sabe qué empresa funeraria recibirá el cuerpo y dónde tendrá lugar el entierro o cremación. En la experiencia de Maira Muñoz, el total de los gastos previos al embarque del difunto (traslados, gastos administrativos, embalsamiento, ataúd, sellado y embalaje) suele rondar entre los 40,000 y 70,000 pesos.

Manuel Ramírez, de J. García López explica que son las aerolíneas quienes determinan los requisitos técnicos para el envío vía aérea. Para efectos prácticos, las compañías tratan el envío como carga especial que siempre irá identificada en el manifiesto con las siglas HUM (del inglés human remains, restos mortales).

En su manual de carga, La Organización Internacional para la Aviación Civil (IATA, por sus siglas en inglés), el organismo sectorial que propone normas de operación y seguridad a nivel global, no entra en detalles en lo que se refiere al tipo de materiales que se deben utilizar para los recipientes, ni al embalaje exterior: “Los restos mortales deben ir envueltos en un recipiente herméticamente sellado que puede ser flexible, o dentro de un ataúd de metal o zinc. Este recipiente debe ir dentro de un ataúd de metal o de madera. A su vez, este ataúd puede ir protegido de un embalaje exterior para protegerlo de daños e ir cubierto de una lona para que no se vea el tipo de contenido”. La IATA recomienda que la carga HUM no cremada no sea estibada cerca de alimentos (EAT)”.

Temas de salubridad

En México, la Ley de Aviación Civil en su artículo 33 hace una referencia explícita al transporte de difuntos: “sólo con las autorizaciones correspondientes podrán transportarse cadáveres o personas que, por la naturaleza de su enfermedad, presenten riesgo para los demás pasajeros”.

El reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos estipula que se requiere permiso sanitario para “el traslado de cadáveres o de restos áridos de una Entidad Federativa a otra o al Extranjero” (Inciso IV del artículo 100).

Según el Artículo 69, “el traslado de cadáveres por vía aérea, terrestre o marítima, se hará en compartimientos aislados de los destinados a pasajeros y mercancías y de conformidad con las normas técnicas que emita la secretaría”.

¿Vacaciones… de terror?

¿Un viaje en avión es más caro en vida? Teniendo en cuenta que es un viaje de ida y que se viaja con mucho más equipaje (el ataúd), el viaje en la bodega de carga sería apenas un poco más caro.

Según Maira Muñoz de All Medical Plus, el flete aéreo de un difunto desde México a Europa cuesta entre 40,00 0 y 70,000 pesos. En las compañías estadounidenses, la mayoría ofrece tarifas fijas según peso y país de destino. American Airlines cobra por el envío de un difunto desde 350 dólares (menos de 35 kg), 1,085 dólares (entre 35 kg y 227 kg) y 1,385 dólares (más de 227 kg).